Amadeo Leyba Ferrer: Historia de la cremación en Venezuela
La práctica de la incineración humana en el
país, no tenía hasta el año 1988 respaldo legal. Fue aceptada por nuestra
Iglesia Católica en el año 1963, cuando el Concilio Vaticano || la permite en resolución oficial
publicada en el Observatore Romano.
En el año de la aprobación de la Ordenanza
Municipal sobre la Cremación, solamente existían 3 hornos crematorios en la
Región Capital: Hipódromo la Rinconada (caballos de carrera), Aseo Urbano
(droga incautada) y en el Campo Santo del Cementerio del Este, el cual fue
importado de Suiza, pero no pudo ser usado por falta de soporte legal. Para esa
época estaba ya aceptada en muchos países.
Los cristianos la permitían con excepción de algunas
de sus ramas que la rechazan por mantener vigente en sus creencias el concepto
de la Resucitación. El hinduismo la hace obligante; el islamismo y el judaísmo
no la practican. En Japón y Centro Europa es dominante.
Reconozco que mi motivación para esta legislación
estuvo incentivada a que el "Sabio
del Petróleo" Pérez Alfonso en tierras extrañas, pidió que en su
despedida física se le practicara y sus cenizas fueran dispersadas en el
Mar Caribe; y por la templanza de ciudadano hindú al lograr acompañar
a su esposa fallecida en posparto a Trinidad, ser cremada, vertiendo sus
cenizas en afluente del Río Ganges en la India.
Como dato curioso, conseguí en las crónicas de
nuestra ciudad de Guillermo José Schael el registro (año 1926) de una
señora de nacionalidad alemana, por petición testamentaria a sus albaceas,
el Cónsul Alemán, Julius Leisse, y un empleado de Beco, Carlos Reverón, había solicitado ser
cremada y las cenizas echadas en nuestras playas del Litoral, frente a Punta de
Mulatos. Deseo que fue cumplido aunque no había legislación vigente del tema en
cuestión.
Amadeo Leyba Ferrer
Enviado por Manuel Isidro Molina

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